Comunicado nº 13/05/3573
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Comunicado nº 13/05/3573
COMUNICADO DEL ESTADO MAYOR
NÚMERO: 13/05/3573
ASUNTO: RECLAMACIÓN POR LA RESOLUCIÓN DE LA MISIÓN 1.395
Recibida por conducto reglamentario reclamación de la Fl. Lt. Jackie, al considerar que su respuesta PZL P.24 debió darse por correcta, ya que en la fotografía no se pueden distinguir diferencias entre el PZL P.24 y el PZL P.11, el Estado Mayor ha resuelto:
DESESTIMAR dicha reclamación por 3 votos a favor y 3 votos en contra, siendo uno de los votos en contra el del Kommandant en funciones en la misión reclamada y teniendo, por tanto, valor doble su voto en caso de empate.
Sin entrar a valorar las posibilidades de distinguir uno u otro avión en la fotografía de la misión, lo cierto es que en el momento en el que tuvo lugar ésta ya se encontraba en vigor el punto 5 del apartado C) del Reglamento Interno de la Base, que dice textualmente:
"Una respuesta podrá ser dada por válida aunque no coincida con el avión de la misión si se cumplen estos tres puntos:: 1) Que ningún piloto haya nombrado de manera correcta el avion de la misión; 2) Que la imagen dada no permita diferenciar el avión de la respuesta con el del objetivo; 3) Que el avión de la respuesta sea una evolución o antecesor del avión objetivo".
Evidentemente no se cumplió al menos el punto 1 del párrafo anterior y, por lo tanto, éste es motivo suficiente para dar la respuesta por incorrecta.
W. Cder. Mark
Portavoz del EM
NÚMERO: 13/05/3573
ASUNTO: RECLAMACIÓN POR LA RESOLUCIÓN DE LA MISIÓN 1.395
Recibida por conducto reglamentario reclamación de la Fl. Lt. Jackie, al considerar que su respuesta PZL P.24 debió darse por correcta, ya que en la fotografía no se pueden distinguir diferencias entre el PZL P.24 y el PZL P.11, el Estado Mayor ha resuelto:
DESESTIMAR dicha reclamación por 3 votos a favor y 3 votos en contra, siendo uno de los votos en contra el del Kommandant en funciones en la misión reclamada y teniendo, por tanto, valor doble su voto en caso de empate.
Sin entrar a valorar las posibilidades de distinguir uno u otro avión en la fotografía de la misión, lo cierto es que en el momento en el que tuvo lugar ésta ya se encontraba en vigor el punto 5 del apartado C) del Reglamento Interno de la Base, que dice textualmente:
"Una respuesta podrá ser dada por válida aunque no coincida con el avión de la misión si se cumplen estos tres puntos:: 1) Que ningún piloto haya nombrado de manera correcta el avion de la misión; 2) Que la imagen dada no permita diferenciar el avión de la respuesta con el del objetivo; 3) Que el avión de la respuesta sea una evolución o antecesor del avión objetivo".
Evidentemente no se cumplió al menos el punto 1 del párrafo anterior y, por lo tanto, éste es motivo suficiente para dar la respuesta por incorrecta.
W. Cder. Mark
Portavoz del EM
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